Page 146 - Reporte_Nacional_270115

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[ÓRGANOS GARANTES]
a la información gubernamental:
resolución de recursos
de revisión; capacitación; supletoriedad demunicipios en
responsabilidades de transparencia; creación, aplicación
y vigilancia de lineamientos en materia de archivos;
gestión de sistema de revisión y de recursos de revisión; y
creación y seguimiento de estadísticas. En promedio, los
OG desempeñan siete de las actividades mencionadas.
Tres entidades, Coahuila, Durango y Guanajuato,
tienen la obligación de realizar todas las actividades
mencionadas.
14
En el extremo opuesto están los estados
de Guerrero, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí,
Sonora, Yucatán y Zacatecas. Éstos sólo están obligados
por ley a instrumentar cinco de estas acciones. La gráfca
28 presenta el promedio de estos valores.
Incidencia
Toda institución que tiene el mandato de garantizar un
derecho requiere de herramientas para hacerlo valer y
1.00
0.90
0.80
0.70
0.60
0.50
0.40
0.30
0.20
0.10
0.00
respetar.Unode los instrumentosmás importantespara
proteger los derechos establecidos en la Constitución
son aquéllos que tienen la capacidad de incidir sobre el
comportamiento de los actores o las instituciones que
se desvían de lo estipulado en las leyes.
La capacidad de incidencia es de suma importancia para
los OG. Mediante ésta, los organismos pueden alertar,
corregir o sancionar incumplimientos o desviaciones a
la normatividad por parte de los sujetos obligados. Un
OG que cuenta con sufcientes recursos fnancieros y
humanos, con tecnologías de información efcaces y con
distintas acciones claramente defnidas, pero que no
tiene capacidad para hacer valer sus decisiones, tendrá
un impacto limitado para garantizar la transparencia y
el derecho de acceso a la información pública. A pesar
que los OG son los encargados de proteger los ámbitos
mencionados, éstos sólo pueden ejecutar las facultades
de incidencia defnidas en las leyes. Por lo tanto, este
componente también cumple con la característica
exógena de los factores anteriores. Esto se debe a que
estas instituciones no determinan el tipo y el número
de instrumentos que poseen los OG para incidir sobre
los sujetos obligados; las legislaturas correspondientes
ejecutan esta labor.
Para examinar la capacidad de incidencia de los OG se
tomaron en consideración cinco elementos: la facultad
de sanción (compuesta por las sanciones amonestación,
apercibimiento, suspensión, multa, rescisión laboral,
extrañamiento, destitución e inhabilitación), la facultadde
dar vista al ministerio público para iniciar procedimientos
de investigación penal, la facultad de dar vista al
órgano interno de control para iniciar procedimientos
disciplinarios, la facultad del órgano garante para crear
precedentes para la resolución de recursos de revisión, y
la facultad de regulación en materia de archivos.
En cuantoa las facultades de sanción, la tabla 10muestra
las entidades que están legalmente posibilitadas para
Gráfca 28: actividades de los OG
14. El IFAI está legalmente facultado para llevar todas las actividades
señaladas, excepto la supletoriedad de municipios en responsabilidades de
transparencia. Ésta, por ser un órgano federal, no le compete.