Page 173 - Reporte_Nacional_270115

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[SUJETO OBLIGADO]
Gráfca 25: Existencia de criterios sobre información no existente, confdencial y datos confdenciales - por entidad
Gráfca 26: Existencia de criterios sobre información
no existente, confdencial y datos confdenciales - por
sujeto obligado
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1.00
0.90
0.80
0.70
0.60
0.50
0.40
0.30
0.20
0.10
0.00
Crit. Información no existente
Crit. Información confdencial
*
Crit. Información reservada
De manera adicional, se contempló la existencia
de un Comité de información (o equivalente). Se
reconoció con el valor de 1 si existe este comité; 0.5
si existe un comité de información que se conforma
ad hoc
; y se asignó califcación nula en cualquier otro
caso. Finalmente, se incluyó un indicador sobre la
transparencia en el proceso de reserva. Se dio 1 si se
generan actas y/o minutas del comité de información y
éstas son públicas; 0.5 si se generan actas y/o minutas
del comité de información y éstas no son públicas; y 0
para el resto de los casos. El indicador se calculó como
el promedio simple de estas variables.
La Gráfca 25 muestra el resultado agregado sobre la
existencia de criterios para determinar información
Poder Judicial
0.88
Poder Ejecutivo
0.66
Poder
Legislativo 1.00
Municipio 0.52
comonoexistente, confdencial y reservada. Campeche,
la Federación y Yucatán se destacan por contar con
criterios defnidos que se extienden más allá de lo
que la norma establece. Esto es, los sujetos obligados
cuentan con una serie de lineamientos adicionales a la
ley, que les permite una mejor interpretación casuística.
De la gráfca, se destaca también que los criterios
menos reportados son acerca de la decisión de declarar
información como no existente. Este tema tiene
una relevancia particular porque se trata de criterios
estrechamente vinculados con la gestión de archivos.
Ésta, en casi todas las entidades y en todos los sujetos
obligados, mostró severas limitaciones.
En promedio, el sujeto obligado que mayor énfasis ha
dedicado a generar criterios que permitan homologar
su actuación es el poder legislativo; lo sigue el judicial
(ver Gráfca 26). Lejos quedan el poder ejecutivo y los
municipios. Esta situación llama la atención, pues el
poder ejecutivo –como sujeto global– es el que tiene
aparentementemayor necesidaddeemitir criteriospara
uniformar la respuesta a las solicitudes de información.
La razón es que aquí predomina la modalidad de UA
diferenciada. La ausencia de una unidad u ofcina
coordinadora hace aún más preocupante la falta de
criterios y lineamientos que ayuden, a los titulares
de las UA y a los propios enlaces administrativos, a
interpretar y a aplicar la normatividad para aminorar la
probabilidad de emitir resoluciones contradictorias.
Sobre la existencia de manuales para el manejo de
datos confdenciales y para el proceso de atención a
solicitudes de información, los datos indican que el
segundo es mucho más común que el primero (ver
Gráfca 27). Esta situación es más evidente en los casos
del poder judicial y de los municipios.