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[ÓRGANOS GARANTES]
organización en el contexto de las responsabilidades y
las facultades que se le designaron. Sin embargo, no es
sufciente.
En este apartado, se argumenta que las capacidades
institucionales de los OG derivan de la existencia de
tres garantías para su actuación: autonomía, sufciencia
de recursos e
infuencia en el comportamiento de los
sujetos obligados. Adicional a esto, se considera que
un condicionante más es la fortaleza y la capacidad de
liderazgo de la organización.
Garantía de autonomía
Sin lugar a duda, al constituirse como organismos de
control (en tanto responsables del derecho ciudadano
Si
No
No
6%
Michoacán
Tlaxcala
94%
Si
No
No
6%
Nayarit
Tlaxcala
94%
Si
No
No
15%
Chihuahua
Chiapas
Guerrero
Nuevo
León
Yucatán
85%
de acceso a la información gubernamental frente a los
sujetos obligados), uno de los factoresmás importantes
para afanzar el desempeño de los OG es la garantía
de autonomía de decisión. Esta factor también puede
concebirse como la ausencia de presiones externas
para determinar “libremente los criterios y alcances de
su actuación” (Ríos Cázares y Pardinas, 2008). De esta
manera, las únicas limitaciones a las acciones del OG
deben ser el cumplimiento de la norma y el respeto al
estado de derecho.
Hasta 2013 en México, casi todas las constituciones o
leyes estatales han otorgado o reconocido algún tipo
de autonomía operativa, de gestión y de decisión a
los OG. Michoacán y Tlaxcala son las excepciones.
En el primero, sin embargo, la normatividad estatal
otorgó autonomía presupuestal al OG. Esta situación
no ocurre en Tlaxcala y tampoco en Nayarit, lo cual
debilita la autonomía de gestión. A partir del análisis
de normatividad que se realizó en este mismo reporte,
se sabe que, en 27 entidades y en la Federación, las
decisiones del OG son defnitivas. Aún más, “tienen
fuerza de cosa juzgada y deben ser acatadas por los
sujetos obligados [y] contra ellas sólo procede el
juicio de amparo si el particular estima que existe una
violación constitucional”. Las cinco entidades fuera de
este reconocimiento son Chiapas, Chihuahua, Guerrero,
Nuevo León y Yucatán (ver gráfcas 1A-C).
Estos datos indican que la mayoría de los OG del
país cuentan ya con un respaldo normativo para el
ejercicio libre de las responsabilidades encomendadas.
Sin embargo, es común observar distancias entre
las situaciones
de jure
y aquéllas
de facto
. Esto es,
Gráfcas 1A: autonomía operativa, de gestión y de decisión Gráfca 1B: autonomía presupuestal
Gráfca 1C: Decisiones defnitivas